lunes, 9 de enero de 2017

EMPRESA Y DERECHOS HUMANOS

Con el surgimiento de la época moderna, la Razón, que devino en racionalidad técnica, colonizó todas las esferas de la vida humana, reduciendo  casi todas las perspectivas de mundo a la perspectiva instrumental –medios para fines.

Esta Razón Moderna es una razón egocéntrica, individualista y monológica[1], que traducida en racionalidad técnica ofrece las condiciones de posibilidad para el surgimiento de la empresa moderna. En este sentido, la empresa en tanto que organización que se ocupa de desarrollar procesos de transformación de la materia para producir bienes y/o servicios destinados a satisfacer las necesidades de sus demandantes y, en consecuencia, generar utilidades para sus dueños o accionistas, se comporta según los lineamientos éticos que este tipo de racionalidad le ofrece y le exige.

Dicho de otra manera, la empresa moderna surge bajo el paradigma de eficiencia y eficacia que en la modernidad se asimila como símbolo de éxito, prosperidad y desarrollo, en la perspectiva de un sujeto solitario que solo se reconoce a sí mismo y ve en los otros a potenciales competidores y/o medios para la realización de sus propios fines, en ese sentido, la empresa actúa en consecuencia con estos principios y el mismo enfoque.

En este sentido la empresa, como organización, no tiene motivos para reconocer en los otros (grupos de interés) ni en lo otro (el medio ambiente) personas o elementos a los cuales tiene que considerar ni que cuidar para seguir siendo ella misma. La empresa está en su negocio y la primera aproximación al  reconocimiento de los  derechos humanos corresponden  a una concepción del mundo racional, donde el ser humano, como poseedor de la Razón, se eleva como sujeto pensante (y superior) sobre todas las demás creaturas de la naturaleza. Sin embargo, el desarrollo mismo de la historia humana fue dejando en evidencia que la felicidad humana no estaba en la acumulación per se de bienes materiales ni que el Desarrollo de los pueblos estaba referido exclusivamente al crecimiento económico de los países; es decir la modernidad llevaba consigo el germen de su propia crisis.

Desde esta perspectiva podemos inferir que los Derechos Humanos, que surgen en correspondencia de una concepción individualista del mundo, se fueron complementando con reconocimientos de orden social, cultural, económico y ambiental, para finalmente adoptar una postura de integralidad centrada en la vida humana, como lo reconoce la declaración de Viena y el plan de acción donde se define que todos los Derechos Humanos son universales, indivisibles e interdependientes

“Todos los derechos humanos son universales, indivisibles e interdependientes y están relacionados entre sí. La comunidad internacional debe tratar los derechos humanos en forma global y de manera justa y equitativa, en pie de igualdad y dándoles a todos el mismo peso. Debe tenerse en cuenta la importancia de las particularidades nacionales y regionales, así como de los diversos patrimonios históricos, culturales y religiosos, pero los Estados tienen el deber, sean cuales fueren sus sistemas políticos, económicos y culturales, de promover y proteger todos los derechos humanos y las libertades  fundamentales”[2].

Este marco evolutivo en la concepción de los Derechos Humanos, se da en el proceso de recomposición de la modernidad que al resistirse ante la llamada posmodernidad, se sacude de la concepción monológica de la razón hacia una idea de razón dialógica que se construye a través de las relaciones intersubjetivas en procura de entendimientos y se evidencia como acción comunicativa.

“El concepto de acción comunicativa presupone el lenguaje como un medio de entendimiento sin más abreviaturas, en que hablantes y oyentes se refieren, desde el horizonte preinterpretado que su mundo de la vida representa, simultáneamente a algo en el mundo objetivo, en el mundo social y en el mundo subjetivo, para negociar definiciones de la situación que puedan ser compartidas por todos”[3]

Desde el paradigma de la razón comunicativa las acciones van siempre orientadas al entendimiento. El lenguaje constituye un medio que sirve para coordinar las acciones de los participantes en una situación. Las relaciones son de igualdad y se pretende transparencia en las intenciones a fin de conseguir acuerdos con base en el mejor argumento, puesto que los acuerdos tienen que tener una base racional; es decir, no pueden venir impuestos por ninguna de las partes, ya sea instrumentalmente, por una intervención directa en la situación de acción o estratégicamente, por medio de un influjo calculado sobre las decisiones del oponente. Los acuerdos se basan en convicciones comunes.[4]

El otro se me da –no como un oponente- sino como un Sujeto al que reconozco en su propia dimensión y con las mismas condiciones, para el entendimiento, que tengo yo. De aquí construyo un modelo de relacionamiento que encaja en los principios de la ética dialógica que en la perspectiva de una ética aplicada a la empresa reconoce que ésta no es una organización solitaria, sino que comparte su realidad con otros actores que tienen interés en ella y sobre los cuales ella también se interesa: los Grupos de Interés

En este giro la Empresa ya no se ve a sí misma como una organización cerrada en el ámbito de las relaciones económicas donde sólo busca su propio beneficio, sino que ahora se reconoce como una institución económica y social que se desarrolla en un entorno (medio ambiente) sano que hace posible los principios de eficiencia y justicia que se mantengan como elementos inseparables.

“un medio ambiente sano constituye un requisito sin el cual no es posible una vida verdaderamente humana o digna, porque el ser humano se hace, vive, en un medio, por tanto una vida humana digna es una vida vivida en un entorno digno. Pero un entorno natural adecuado no se trata sólo de una condición de vida deseable, sino que además puede convertirse en criterio de Justicia. Una condición de justicia porque es previa e indispensable para el ejercicio de otros derechos, como el derecho a la libertad, a la salud, al trabajo, etc., porque sin esta condición las personas serían incapaces de iniciar acciones y de asumir la responsabilidad de las mismas”[5]

De esta manera entramos en una realidad que pasa de entender la empresa como una organización que preocupada por sí misma ve en los grupos de interés y su entorno simples medios o instrumentos para alcanzar sus fines a una empresa que continúa en el propósito de lograr sus fines pero ya no se mira a sí misma como una máquina depredadora de talentos y del medio ambiente sino que reconoce la presencia activa de los otros y la necesidad del actuar de manera amable con su entorno.

Frente a esta nueva realidad el mundo se ha movilizado para que los Derechos humanos no sean solo un discurso bien intencionado, sino una marco real para el desarrollo de la vida humana, donde los Estados  sea sus garantes y procuren su defensa y protección y  que las empresas, en tanto que actores centrales del Desarrollo de los pueblos, actúen consecuentemente en su respeto y promoción en su respectiva cadena de valor.

De esta manera surgen los principios rectores de la ONU sobre las empresas y los derechos Humanos, basados en el reconocimiento de: a) Las actuales obligaciones de los Estados de respetar, proteger y cumplir los derechos humanos y las libertades fundamentales; b) El papel de las empresas como órganos especializados de la sociedad que desempeñan funciones especializadas y que deben cumplir todas las leyes aplicables y respetar los derechos humanos; c) La necesidad de que los derechos y obligaciones vayan acompañados de recursos adecuados y efectivos en caso de incumplimiento[6].

En cuanto a la responsabilidad de las empresas frente a los Derechos Humanos, se plantean dos clases de Principios: Los Fundacionales y los Operacionales. Los primeros establecen las directrices que deben seguir las empresas en el respeto por los derechos humanos y los segundos señala las políticas y procedimientos que deben seguir las empresas en el cumplimiento de estas responsabilidades. De esta manera estos principios se constituyen en una carta de navegación que guía a las empresas por un camino acorde con las necesidades del ciudadano presente y futuro.

Comentario final.

Los cambios en la concepción de mundo, surgidos con la crisis de la modernidad, han puesto al hombre, otra vez, en el centro de las representaciones. Sin embargo, la nueva imagen del hombre no lo muestra como un individuo frío, aislado y omnipotente, sino como un ser de diferentes facetas que se expresan en variadas formas del pensamiento, que le posibilitan la construcción de mundos de vida compartidos e integrados con los otros y con el medio ambiente.

La nueva imagen del hombre es la de un hombre  que se piensa a sí mismo en proyección con los demás y que se reconoce como un sujeto capaz de organizar la vida material, social y subjetiva, según los criterios racionales que construye en la convivencia con los otros; pero que también, en medio de ello, reconoce consigo la vivencia de situaciones que no pertenecen al ámbito de la razón y que no por ello son irracionales. Esta apertura de Horizontes en la comprensión de sí mismo, ha posibilitado el surgimiento de nuevas tendencias en la concepción del Desarrollo, y en consecuencia, en la de los Derechos Humanos y los Procesos Económicos en el marco de la empresa como organización económica y social enfocada al Desarrollo Sostenible.





[1] Habermas, Jürgen. El Discurso Filosófico de la Modernidad. Taurus, 1987.
[2] DECLARACIÓN y Programa de Acción de Viena, 1993.
[3] HABERMAS, Jürgen. Teoría de la acción comunicativa. Madrid: Taurus, 1989. Tomo I. P. 138.
[4] Ibid, Pg. 139
[5] FERRETE Sarria, Carmen. La Ética Ecológica como Ética Aplicada. Tesis Doctoral. Universidad Jaume I, 2005.
[6] ONU. Asamblea General. Principios Rectores sobre las empresas y los derechos humanos: puesta en práctica del marco de las Naciones Unidas para "proteger, respetar y remediar", 2011.

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